Fiscalidad del espacio y el turismo espacial

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Fiscalidad del espacio y el turismo espacial

Fiscalidad del espacio y el turismo espacial

2025-12-19

El espacio, durante décadas dominio exclusivo de agencias estatales, se ha convertido en un nuevo escenario comercial. Empresas como Blue Origin, Virgin Galactic, SpaceX, Axiom, entre otras, ya ofrecen viajes espaciales (turismo suborbital, orbital, estancias en estaciones espaciales privadas) y se perfila una economía espacial que incluye minería de asteroides, explotación de recursos en cuerpos celestes y servicios satelitales como mega constelaciones. Esto plantea preguntas fiscales sin precedentes: ¿cómo gravar estas actividades? ¿Qué leyes aplican cuando los ingresos, los pasajeros y los recursos están “fuera” del cuerpo territorial de cualquier Estado?


Estado Actual: actividades, impulsores y mercado

Algunos datos recientes que ayudan a entender la magnitud:

  • El mercado estadounidense del turismo espacial se proyecta que alcance unos US$ 3,402 millones para 2030, con una tasa anual de crecimiento compuesta (CAGR) del ~42.4 % entre 2024 y 2030.
  • Los pasajes para vuelos suborbitales costarán entre US$ 200,000 y US$ 450,000 por asiento, según la empresa. Para vuelos orbitales (por ejemplo, a la Estación Espacial Internacional), algunos precios llegan a los US$ 55 millones por pasajero.

Estas cifras muestran que el turismo espacial ya no es ciencia ficción sino una industria con ingresos significativos, lo que motiva que los reguladores examinen su tratamiento fiscal.


Principales desafíos fiscales

  • Jurisdicción y fuente del impuesto: ¿Dónde se considera generado el ingreso? ¿En la Tierra, en la órbita, en una base lunar o en un asteroide?, las reglas fiscales tradicionales (residencia, fuente territorial) se complican cuando la actividad económica ocurre fuera de la soberanía nacional.
  • Tratados internacionales y derecho espacial: el Tratado del Espacio Exterior (“Outer Space Treaty”) de 1967, firmado por EE. UU. y otros países, declara que el espacio no puede ser objeto de apropiación nacional. No obstante, no aborda explícitamente impuestos. No existe un régimen internacional claro para gravar actividades espaciales comerciales más allá del espacio aéreo, los tratados se centran en responsabilidad, uso pacífico, no apropiación, etc.
  • Propuestas normativas recientes: en EE. UU., el congresista Earl Blumenauer ha propuesto un impuesto específico para vuelos espaciales comerciales que transporten humanos con fines distintos a la investigación científica. Esto incluiría tasas “excise tax” por pasajero y diferenciación según la altura del vuelo suborbital.Otro tipo de propuesta es aplicar impuestos al carbono o cargos ambientales dada la alta huella de emisiones de ciertos lanzamientos espaciales.
  • Otros aspectos, minería espacial y recursos extracelestes: EE. UU. ya aprobaría la Commercial Space Launch Competitiveness Act de 2015, que reconoce el derecho de ciudadanos estadounidenses a explorar y explotar recursos espaciales, siempre sujeto a supervisión regulatoria. Pero no hay reglas fiscales federales específicas que regulen cómo gravar las ganancias derivadas de esos recursos ni cómo repartirlas si se trata de entidades internacionales.

Análisis de Problemas Críticos

  • Equidad fiscal: muchos de los primeros usuarios del turismo espacial son individuos muy adinerados. Las propuestas de impuestos buscan asegurarse de que esta nueva “forma de lujo” también contribuya al bien público.
  • Impacto ambiental: los lanzamientos espaciales emiten CO₂ y otros contaminantes en grande proporción. Existe preocupación por que vuelos turísticos aumenten esta carga, lo que motiva propuestas de tarifas ambientales o impuestos al carbono específicos.
  • Incertidumbre regulatoria: tanto las empresas como los inversores enfrentan riesgo jurídico debido a la falta de claridad sobre tasas impositivas, propiedad de recursos espaciales, obligaciones tributarias internacionales.

Perspectivas y Propuestas de Política

  • Impuesto especial al turismo espacial: un impuesto “excise” por pasajero, diferenciado según tipo de vuelo (suborbital vs orbital) y altura como lo propone Blumenauer, puede ser una medida intermedia para capturar parte del valor económico y social (incluyendo impacto ambiental).
  • Tributación de recursos espaciales: crear reglas fiscales (nacionales e internacionales) para explotación de recursos en cuerpos celestes,cómo valorar los recursos, quien tiene derecho de cobrar impuestos o regalías. Tambien, establecer un marco legal internacional similar al de derecho marítimo (ej. para plataformas bajo jurisdicción limitada) para la explotación de recursos espaciales.
  • Cargos ambientales & externalidades: considerar impuestos basados en emisiones o huella ambiental de lanzamientos, incluyendo medidas compensatorias. Propuestas que contemplan efectos externos como contaminación orbital, riesgo de desechos espaciales. Ejemplo: “orbital use fee” (“orbit tax”) que grava satélites en órbita según riesgo de colisión o trayectoria.
  • Cooperación internacional y tratados: para evitar competencia fiscal desleal, evasión o vacíos legales, se necesita coordinación internacional: acuerdos de tributación espacial, fiscalidad de empresas que operan en múltiples jurisdicciones, estándares comunes. Posiblemente bajo auspicio de organismos como UNOOSA, OCDE, o tratados ad hoc.

En resumen, la fiscalidad del espacio y del turismo espacial es una frontera emergente que combina derecho internacional, tributación corporativa, tributación ambiental y justicia social. En 2025, ya se han planteado ideas concretas como impuestos al turismo espacial, leyes que permiten la explotación de recursos espaciales y discusiones sobre tarifas ambientales, pero el panorama legal está lejos de ser claro o uniforme. Para que esta economía espacial sea sostenible, justa y eficiente, se requerirá un marco legal nacional claro que defina obligaciones fiscales para vuelos turísticos, empresas de minería espacial y usuarios comerciales, cooperación internacional para estandarizar criterios de jurisdicción, propiedad, impuestos y externalidades e incorporación del costo ambiental real de las actividades espaciales en la estructura impositiva.